Ciudad de México, 9 de marzo de 2023.- El pasado mes de febrero, la cadena de tiendas de conveniencia OXXO, propiedad de Femsa, obtuvo una suspensión definitiva en el amparo que presentó a inicios de año en contra de las medidas de control de tabaco, en las cuales se prohibía exhibir los productos de tabaco en los mostradores. La Jueza Segunda de Distrito de Nuevo León consideró que exhibir los productos de tabaco a las y los consumidores no representaba una afectación al interés social, contrario a toda la evidencia de salud pública.
Se tiene estimado que, hasta el día de hoy, se han presentado 600 amparos en contra del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. Así, recurrir a amparos se ha vuelto una estrategia recurrente para dilatar las medidas de salud pública, la cual ha sido usada no solo por la industria del tabaco sino también de la industria alimentaria quienes, en 2020, presentaron más de 150 amparos contra el etiquetado frontal de advertencia.
Se debe recordar que el tabaquismo es la primera causa de muerte prevenible a nivel mundial, pero sus efectos negativos también se trasladan a la economía. En México, fumar mata anualmente a 63,200 personas y cuesta más de 116 mil millones por año para la atención médica en hospitales y centros de salud de las patologías que provoca, incluyendo cánceres, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y afecciones cardiovasculares. En México se gastan más de 116 millones por año en la atención de las enfermedades relacionadas al consumo del tabaco, lo cual representa el 9.3% del total de gasto anual en salud.
De igual manera, en nuestro país el 36.7% de los adultos vive con obesidad, y 37.4% de los niños y niñas de 5 a 11 años presenta sobrepeso y obesidad. Esto coloca a nuestro país en el quinto lugar a nivel mundial. Uno de los principales determinantes de la obesidad es la mala alimentación, detonada por entornos no saludables. Así, México ocupa el 5º lugar de obesidad en el mundo. Por lo cual, resulta imperativo tomar medidas de manera colectiva para enfrentar esta grave situación de salud pública.
Ante esto, el gobierno ha decidido adoptar diversas medidas recomendadas por la Organización Mundial de la Salud para proteger la salud de la población mexicana. Primero, en 2020, se adoptó el etiquetado frontal de advertencia, que se estima que puede prevenir prevenir 1.3 millones de nuevos casos de obesidad y ahorrar $1.8 mil millones de dólares en costos de atención médica durante cinco años, de acuerdo con un estudio del Instituto Nacional de Salud Pública. Por otro lado, en el pasado enero, se reformuló el Reglamento de la Ley General del Tabaco, en la cual, entre otras cosas, se prohíbe que los productos de tabaco sean exhibidos directamente a los consumidores.
“Se han presentado más de 600 amparos contra los ambientes libres de humo y emisiones, así como contra la prohibición de exhibición del producto en los puntos de venta. En 9 de cada 10 amparos se ha negado la suspensión a la industria tabacalera, restauranteros, tiendas de conveniencia, etc. Sin embargo, algunos casos donde se ha otorgado la suspensión definitiva como el Oxxo, con lo cual regresaron las cajetillas a los exhibidores, deben vigilarse con lupa”, declaró Erick Antonio Ochoa, director de Salud Justa.
“Nada justifica que la jueza Claudia Elena Hurtado de Mendoza Godínez, titular del Juzgado Segundo de Distrito en materia administrativa en el Estado de Nuevo León y quien otorgó la suspensión definitiva a un Oxxo, basará su argumentación sobre la contradicción que se continúe con la prohibición de cualquier tipo de publicidad, promoción y patrocinio, a su vez que otorga la suspensión definitiva porque “no se vulnera el orden social ni se afecta el interés colectivo”. Peor aún, cita una iniciativa de reforma al artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, presentada por la diputada Consuelo Argüelles, que fue dictaminada en contra. En la sentencia, la jueza asume que en ese entonces “se trató de incorporar el texto que ahora primigeniamente se reprocha del Reglamento respectivo”. Nada que ver, esa reforma presentada en 2013, pretendía abrir la comercialización de cigarros electrónicos. Ni siquiera son de la misma materia”, acotó Antonio Ochoa.
Dicho caso ya fue apelado por la Secretaría de Salud y se tendrá que resolver si se mantiene o no esta permisión en lo que termina el juicio.
Esta estrategia ha sido utilizada por la industria de ultraprocesados y bebidas endulzadas para combatir las políticas recomendadas por la Organización Mundial de la Salud para enfrentar las epidemias de obesidad y diabetes que se viven en el país. Más de 150 amparos han sido interpuestos por estas empresas contra el etiquetado frontal de advertencia como parte de una estrategia que comprende muchas otras acciones para bloquear las políticas de salud pública.
Gabriela Guzman, abogada de El Poder del Consumidor, declaró: “La industria ha presionado para que la discusión sobre este asunto se lleve a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. También en esta instancia, de acuerdo con los proyectos de sentencia existentes, se confirma que el etiquetado de advertencia es constitucional y protege la salud de la población”
Finalmente, Javier Zúñiga coordinador del área legal de El Poder del Consumidor puntualizó: “El Poder Judicial se vuelve una pieza clave para que se logren implementar las políticas de salud públicas que protegen a la población. Aunque pocas veces los y las juezas ceden a las presiones de las industrias, basta que lo hagan un par de jueces para obstaculizar políticas que protegen la salud y salvan vidas. Por lo anterior, es importante vigilar su actuación para que no se comprometa la salud pública frente a los intereses comerciales. Los jueces deben rendir cuentas y estar libres de conflicto de interés y de la interferencia de las empresas”.