ORGANIZACIONES CIVILES CELEBRAN EL REVÉS AL AMPARO DE WALMART ANTE LA APLICACIÓN DE LA LEY ANTITABACO

  • Jueza niega la suspensión debido a que el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco protege el orden público y el interés social. 
  • Integrantes de organizaciones civiles celebraron el revés al amparo interpuesto por la transnacional.
  • Las nuevas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco protegen la salud de las personas principalmente de la población más vulnerable: adolescentes, niñas, niños y jóvenes. 

Ciudad de México a 3 de febrero de 2023. Luego de que la empresa Walmart interpusiera un amparo en contra de la aplicación del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco por la supuesta violación de sus derechos al prohibir cualquier tipo de publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco, la Jueza Celina Angelica Quintero Rico, titular del Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, negó la suspensión provisional y definitiva debido a que este reglamento protege el orden público y el interés social. 

Integrantes de organizaciones civiles celebraron el revés al amparo de Walmart debido a que las nuevas disposiciones del citado reglamento protegen la salud de las personas, al prohibir la exhibición de los productos de tabaco, acción que contribuye a inhibir la compra de cigarros por parte de adolescentes, niñas y niños.  “La decisión de la juez es además de acertada muy oportuna porque defiende el derecho a la salud y no los intereses de empresas que pretenden beneficiarse a costa de la salud de las personas”, apuntó Juan Núñez Guadarrama, coordinador de la Coalición México SaludHable. 

Al respecto Maximiliano Cárdenas, coordinador Jurídico de Salud Justa Mx sostuvo que los argumentos para negar la suspensión se sustentan en la aplicación del Convenio Marco para el Control del Tabaco de la OMS, cuando señala que la prohibición de la publicidad, promoción y el patrocinio del tabaco resulta eficaz solamente si tiene alcance amplio y la exhibición de productos de tabaco en puntos de venta se considera una forma de publicidad. Por tal motivo no hay razón para minimizar esta medida que protege la salud de la infancia y los jóvenes puntualizó el especialista. 

A pesar de que Walmart alegó que la exhibición de los productos era la única forma mediante la cual los consumidores pueden informarse sobre los efectos del tabaquismo, el tribunal señaló que esto es incorrecto, debido a que dicha información compete a las instituciones de salud y no se circunscribe a los mensajes que puedan incluirse en una de las caras del empaque de esos productos. 

“Nos motiva positivamente el desempeño de la jueza Quintero Rico y sienta un precedente que deberá ser emulado por sus colegas cuando sean presionados por las poderosas industrias del tabaco, comentó Núñez.” Confiamos en que los jueces sigan defendiendo la salud de la población, ya que seguramente las empresas seguirán intentando frenar cualquier política para el control del tabaco”.