- Conceder amparos tabacaleros va en contra de la salud de los mexicanos.
- La resolución de la Segunda Sala pone en riesgo la protección del derecho a la salud de los trabajadores.
- En México se estima que anualmente mueren 63 mil 157 personas por enfermedades atribuibles al tabaquismo
Ciudad de México a 24 de mayo de 2024. Luego de la Segunda Sala de la Suprema Corte concediera a una persona física de Morelos un amparo en contra de los ambientes libres de humo de tabaco, representantes de la organización Salud Justa Mx hicieron hincapié en que este tipo de resoluciones va en contra de la salud de mexicanas y mexicanos.
Según lo publicado los ministros que votaron a favor del amparo que invalida la disposiciones del Reglamento de la Ley General de Control de Tabaco que impedía servir bebidas y alimentos en las zonas exclusivas para fumar fueron Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek favoreciendo los intereses de la Industria mientras las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama votaron en contra del proyecto propuesto, a favor del derecho a la salud de las personas.
«La resolución de la Segunda Sala pone en riesgo la protección del derecho a la salud de los trabajadores. Se sabe que las leyes integrales de ambientes libres de humo reducen la exposición al humo de tabaco ajeno en un 80-90% en bares y restaurantes, por lo que hay una reducción significativa del riesgo de los trabajadores de desarrollar diferentes enfermedades causadas por el humo de tabaco ajeno[1]. Por otro lado, las Directrices para la aplicación del artículo 8 del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco son claras en considerar como lugar de trabajo todos los espacios ‘conexos o anexos que los trabajadores suelen utilizar en el desempeño de su empleo, entre ellos, por ejemplo, los pasillos, ascensores, huecos de escalera, vestíbulos, instalaciones conjuntas, cafeterías, lavabos, salones, comedores y edificaciones anexas’, declaró Erick Antonio Ochoa, director de Salud Justa Mx»
Al respecto Maximiliano Cárdenas, Coordinador Jurídico de Salud Justa Mx sostuvo “Los ministros que conceden el amparo a María de Jesús Hernández Infante pierden de vista el reconocimiento constitucional del derecho a la salud de los mexicanos y las obligaciones asumidas por el Estado Mexicano al ser parte del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el control del Tabaco “.
“En las resoluciones subsecuentes la segunda Sala deberá analizar las disposiciones del Reglamento de la LGCT a la luz de los estándares de la protección del Derecho a la Salud, sobre cualquier interés económico, dando seguridad jurídica a los ciudadanos y asumiendo su papel como tribunal“, añadió Cárdenas.
Por su parte Claudia Moreno, abogada en Salud Justa Mx indicó “En México se estima que anualmente mueren 63 mil 157 personas por enfermedades atribuibles al tabaquismo, es decir, el 9.7 de todas las muertes registradas pueden ser atribuibles al consumo de tabaco; en forma adicional se estima que más de 116 mil millones de pesos mexicanos son gastados cada año para tratar problemas de salud provocados por el tabaco, por lo cual la recaudación impositiva por la venta de cigarrillos (menos de $40 mil millones anuales) cubre menos del 34% de los gastos directos que el cigarrillo provoca en el sistema de salud”.
Salud Justa Mx ha monitoreado más de 1700 amparos presentados en contra del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco donde se observó que más de la mitad no fueron admitidos. Actualmente continúan en litigio más de 150 recursos de revisión en el Poder Judicial de la Federación.
[1] International Agency for Research on Cancer. Evaluating the Effectiveness of Smoke-free Policies. World Health Organization 2009.