CANIRAC ENGAÑA A SUS AFILIADOS Y A LA OPINIÓN PÚBLICA: SU AMPARO EN CONTRA DE LA LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO CARECE DE INTERÉS LEGÍTIMO

  • Por falta de interés jurídico y legítimo jueces rechazan amparo a la CANIRAC.
  • La Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento siguen vigentes: ningún amparo tiene efectos generales.
  • Organizaciones piden a jueces privilegiar el derecho a la salud en sus resoluciones.

Ciudad de México a 19 de julio de 2023. El equipo legal de Salud Justa Mx, conformado por Claudia Moreno, Darina García y Maximiliano Cárdenas hizo un posicionamiento sobre las publicaciones de la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC) del 17 de julio, en las que señalaron haber obtenido la suspensión definitiva en contra del Reglamento de la LGCT por lo cual los restaurantes afiliados a la CANIRAC podrán suspender la aplicación al reglamento. El equipo legal calificó esta aseveración de ser un engaño a sus afiliados y a la opinión pública ya que un juez determinó que el amparo en contra de la ley carece de interés jurídico y legítimo.

El 16 de diciembre de 2022 se publicaron en el DOF las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (LGCT) que entraron en vigor el 15 de enero de 2023 y contemplan espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones, así como la prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco. A partir de esta publicación algunas empresas se han amparado en contra de dicho reglamento.

Claudia Moreno, abogada en Salud Justa Mx, dijo que: “Salud Justa Mx está llevando a cabo un seguimiento muy puntual de los amparos. Del monitoreo realizado, se observa que tan sólo en la Ciudad de México, Nuevo León, Coahuila, Querétaro, Quintana Roo, Morelos, Guanajuato, Puebla y el Estado de México, se presentaron 1,773 amparos en contra del reglamento. Es importante destacar que la disparidad de criterios al momento de dictar sentencias definitivas ha sido una constante en las decisiones de las y los jueces de distrito”.

Las sentencias dictadas por los Juzgados de Distrito aún no son definitivas, pueden ser revisadas en segunda instancia por un Tribunal Colegiado, siempre y cuando alguna de las partes dentro del juicio de amparo así lo decida y promueva recursos de revisión, para lo cual cuentan con diez días hábiles posteriores a su notificación; de acuerdo con nuestro observatorio, ningún amparo ha quedado firme, añadió Moreno.

Maximiliano Cárdenas, coordinador Jurídico de Salud Justa Mx sostuvo que en el amparo promovido por la CANIRAC el Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en materia administrativa en la CDMX, Víctor Octavio Luna Escobedo, dictó sentencia definitiva el 26 de mayo del 2023, en la que se determinó sobreseer el juicio de amparo por considerar que la CANIRAC carece de interés jurídico y legítimo para acudir al amparo.

“La CANIRAC presume la suspensión definitiva en un juicio de amparo. No obstante, como ya se mencionó, un mes antes el juzgado ya había dictado sentencia señalando que dicha cámara no tiene cabida dentro del juicio por su falta de interés legítimo en el asunto”, puntualizó.

Sobre el boletín liberado por la CANIRAC el 17 de julio, Darina García Toledo, sostuvo que la cámara CANIRAC incita a sus afiliados a sumarse completando un formulario y pagando una cuota.  Indica que posteriormente quienes se inscriban recibirán un correo con los documentos que harán extensivo el amparo a sus establecimientos. ¿De qué amparo se habla? Este tipo de comunicados son imprecisos y pueden llevar a caer en el error porque en la sentencia definitiva, el juez Víctor Octavio Luna ya resolvió que la CANIRAC no puede ser parte dentro del juicio porque carece de interés jurídico y legítimo.

“Desde Salud Justa Mx hacemos un llamado a las personas que deben velar por la justicia para que utilicen los instrumentos que ya existen y privilegien el derecho a la salud en sus resoluciones. Tomó mucho tiempo construir y lograr la aprobación de una regulación justa que pone límites a una industria que cobra por enfermar a las personas, ¿Qué vale más su bienestar económico (que no es expansivo) o nuestro derecho a la salud?” finalizó Darina García.